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ASOCIACIÓN

FUNCIÓN Y OBJETIVOS

Con arreglo a las disposiciones vigentes y con sujeción a las que en el futuro puedan promulgarse, se constituye la Asociación Profesional denominada "Asociación Burgalesa de Empresas de Ofimática, Informática y Telecomunicaciones (abeo)" que se regirá por los presentes Estatutos.

La Asociación es una organización de ámbito Provincial, sin animo de lucro, cuyos Asociados son Empresas que desarrollan una actividad económica relacionada directamente con el sector, y cuya finalidad es potenciar la zona y la actividad, promoviendo todo tipo de acciones comerciales y de interés común en que puedan participar sus asociados, tales como ferias, concienciación del sector, campañas de imagen, campañas publicitarias, etc... Defendiendo una ética común altamente profesional y sujeta a derecho. Obligando a sus asociados a cumplirla y pudiendo actuar judicialmente contra cualquier empresa asociada o no que incurra en cualquier infracción legal relacionado con esta actividad.

Podrán integrarse en esta Asociación todos los empresarios que, en alguna forma de las admitidas en derecho, desarrollen la actividad económica descrita en el punto anterior y en el ámbito Provincial.

La Asociación Burgalesa de Empresas de Ofimática, Informática y Telecomunicaciones (abeo) responde a principios democráticos en su organización y funcionamiento, garantizando la autonomía de las personas afiliadas en sus respectivos ámbitos de interés especifico sin perjuicio del carácter vinculante que tienen los acuerdos adoptados válidamente por los órganos de gobierno de la Asociación en las materias que afecten a esta y al interés común de sus afiliados.

La Asociación Burgalesa de Empresas de Ofimática, Informática y Telecomunicaciones disfruta de personalidad jurídica propia e independiente, con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, disponiendo de autonomía económica.

FINES

Son fines de la Asociación:

1. - En general todos los descritos en el párrafo 2º.

2. - La defensa de los intereses peculiares determinados por la actividad económica o especialidad profesional de quienes la constituyen, ostentando la representación de todos y cada uno de los encuadrados, dentro de los fines propios de la asociación.

3. - Adherirse, en su caso, y participar en la constitución de Federaciones y Confederaciones de la misma rama de ámbito superior y en aquellos otros organismos y entidades de carácter Provincial, Nacional e Internacional que aglutinen una línea de acción empresarial comunitaria.

4. - Adquirir y poseer bienes y contraer obligaciones con sujeción al ordenamiento jurídico.

5. - Organizar actividades de carácter corporativo.

6. - Representar, gestionar y defender los intereses profesionales de los empresarios asociados, ante toda clase de personas y entidades públicas o privadas y singularmente ante las Administraciones Públicas.

7. - Instar y gestionar ante las autoridades y organismos competentes la solución de los problemas específicos del sector y los comunes de las empresas Asociadas.

Podrán integrarse en la Asociación Burgalesa de Empresas de Ofimática, Informática y Telecomunicaciones, todas aquellas Empresas cuya actividad económica y finalidad sean las descritas en el párrafo 2º; y se desarrollen en el ámbito Provincial, encontrándose en posesión de los debidos permisos y autorizaciones de las autoridades competentes.

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